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“Resucitar” a Lola Flores (o a cualquier otra persona) para hacer anuncios con deepfakes: esto es lo que dice la ley

El poder de la resurrección. Los deepfakes son uno de los reclamos más utilizados en estos últimos tiempos y en parte es porque permiten traer de vuelta el carisma de aquellos que ya nos han dejado. Lo vimos en ‘Rogue One’ con la Princesa Leia y Moff Tarkin y recientemente con el anuncio de Cruzcampo y Lola Flores.

Pero utilizar la imagen de aquellos que nos han dejado para fines comerciales abre algunos interrogantes. ¿Quién ha dado permiso para utilizar su imagen? ¿Qué se permite y qué no se permite hacer con los deepfakes? Esto es lo que dice la legislación acerca del uso de los deepfakes para anuncios y películas. Una legislación que, como ahora os explicamos, deja mucho margen para que esta técnica se pueda explotar abiertamente.


Qué dice la legislación sobre el uso comercial de deepfakes

Si queremos hablar de los detalles legales de los deepfakes, antes de eso hay que definir qué consideramos uno. Generalmente nos referimos a vídeos en los que el rostro y/o la voz de una persona ha sido manipulada mediante un software. ¿Qué dice la ley sobre ellos? La ley no dice nada concreto sobre ellos, pero no le hace falta.

El primer motivo es que los deepfakes son más nuevos que las leyes de derechos de imagen. Sin embargo, hay una razón mucho más relevante. Como apunta Borja Adsuara, profesor y abogado experto en Derecho Digital: “en España los delitos nunca se regulan por la tecnología, sino lo que se hace con ella, en base a la intención con que se hacen y el resultado”. Es decir, a la hora de tratar los deepfakes, la legislación no los diferencia de una caricatura o cualquier otra herramienta que nos haga creer que estamos ante la persona original.

Uno de los conceptos importantes es el de verosimilitud. Inicialmente estos deepfakes eran un desastre, pero cada vez es más fácil encontrar ejemplos que para la mayoría de nosotros sería difícil saber si la persona del vídeo es real. Junto con esta verosimilitud se encuentra la intención del vídeo. Porque precisamente su “legalidad” gira entorno al uso que se hace del deepfake. No es lo mismo utilizarlos para crear un anuncio con permisos que para humillar o enviar mensajes falsos. En función del vídeo, podríamos estar ante un delito de injurias, de calumnias o contra la integridad moral.

“Los delitos nunca se regulan por la tecnología, sino lo que se hace con ella. En base a la intención y en función del resultado”

¿Y qué ocurre con los vídeos de deepfakes donde se utiliza el rostro de otra persona sin mala fe? Aquí es donde entran los derechos de imagen personales. En España, estos están recogidos en la ‘Ley Orgánica 1/82 de 5 de Mayo de Proteccion Civil del Derecho al Honor, Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen‘.

En la ley se recoge todo lo relativo a los derechos de imagen y su utilización, también a través de deepfakes. Así es como explica la ley lo que se considera intromisión y cómo se debe recompensar:

“La utilización del nombre, de la voz o de la imagen de una persona para fines publicitarios, comerciales o de naturaleza análoga”

“La existencia de perjuicio se presumirá siempre que se acredite la intromisión ilegítima. La indemnización se extenderá al daño moral que se valorará atendiendo a las circunstancias del caso y a la gravedad de la lesión efectivamente producida, para lo que se tendrá en cuenta en su caso, la difusión o audiencia del medio a través del que se haya producido. También se valorará el beneficio que haya obtenido el causante de la lesión como consecuencia de la misma”.

Es decir, la ley contempla sanciones para quienes utilicen nuestra imagen para fines publicitarios sin nuestro permiso. Porque la ley expresa que no podemos renunciar a nuestros derechos de imagen, pero sí contempla la posibilidad de consentir el uso de nuestra imagen. Un consentimiento que debe ser expreso y puede ser revocado en cualquier momento, aunque con su posible indemnización pertinente.

Los deepfakes no se describen como tal, pero su uso queda recogido y amparado por la Ley Orgánica 1/82 del Derecho al Honor y a la Propia Imagen.

Quién tiene permisos sobre la imagen de los fallecidos

James Dean

65 años después, el mítico James Dean “resucitará” gracias al CGI en la película ‘Finding Jack’. Para ello, su familia cedió los derechos de imagen del intérprete a la compañía Magic City Films. Es un caso similar al del anuncio con Lola Flores, donde Lolita Flores y Rosario Flores, sus hijas, han participado en el anuncio y permitido el uso de la imagen de su madre.

La Ley 1/82 establece que la protección de los derechos de imagen de una persona pueden pasar a los familiares directos y estos pueden gestionar la cesión en defensa de su memoria. Esto incluye también su utilización para fines comerciales.

“El ejercicio de las acciones de protección civil del honor, la intimidad o la imagen de una persona fallecida corresponde a quien ésta haya designado a tal efecto en su testamento. La designación puede recaer en una persona jurídica”.

“No existiendo designación o habiendo fallecido la persona designada, estarán legitimados para recabar la protección el cónyuge, los descendientes, ascendientes y hermanos de la persona afectada que viviesen al tiempo de su fallecimiento”.

La gestión del derecho de imagen se extiende a los herederos cuando este ha fallecido. Pueden ser los hijos o el cónyuge, de manera directa, o bien a quien la persona haya decidido nombrar en testamento. Cuando varios parientes han sobrevivido, cualquiera de ellos podrá ejercer las acciones previstas por la protección.

Hijos, cónyuge, hermanos o la persona elegida vía testamento podrán ejercer la gestión de los derechos de imagen de la persona fallecida en defensa de su “memoria”.

“Un muerto no tiene derechos. No es el derecho a la propia imagen del muerto, sino el derecho a la memoria. Quien tiene derecho es la familia y puede reclamar si alguien está utilizando su imagen. Solo tienen derecho los vivos. En función de la intromisión, podría ser delito”, explica Adsuara.

“El derecho de imagen se extinguió con su muerte porque es un derecho personalísimo. Pero la Ley 1/82 permite ejercer una acción de protección a quienes designara en el testamento o, en su defecto, determinados familiares. Pero la acción es estrictamente en defensa de su “memoria”“, apunta el abogado David Bravo en redes sociales.

La gestión de los derechos de imagen también pueden ser dejados en testamento a fundaciones u organizaciones. “Es similar a lo que ocurre con Salvador Dalí y la Fundación Dalí”, explica Sergio Carrasco, abogado balear experto en IA y seguridad. Se trata de un caso controvertido, ya que el artista dejó a la Fundación Gala-Salvador Dalí la responsabilidad de defender su obra artística, sus bienes y derechos, pero previamente en testamento había dejado al Estado Español como heredero universal. En 2016, el Tribunal Supremo estableció que la fundación no tenía legitimación para proteger la imagen del pintor, diferenciándolo de la “memoria” del artista.

¿Están las leyes preparadas para la avalancha de deepfakes?

“Pese a ser antigua, la Ley 1/82 regula bastante bien todos estos casos de derechos de imagen”

La masiva utilización de deepfakes puede tener consecuencias imprevisibles y la ley que recoge los derechos de imagen en España es de 1982. ¿Hace falta actualizarla? ¿Qué propuestas se han realizado a la hora de regular los deepfakes?

“Yo no lo veo necesario. Para el deepfake, entendido como tal, la Ley Orgánica 1/82, pese a ser antigua, regula bastante bien todos estos casos de derechos de imagen”, explica Carrasco. “Como mucho, se podría añadir respecto a los abusos del deepfake y su utilización en campañas políticas más allá del mero uso de la imagen. En estos casos se podría aumentar la carga punitiva”.

Durante el día de hoy, la Agencia de Protección de Datos ha lanzado un Pacto Digital, una iniciativa donde quieren promover la seguridad de los datos, entre ellos contra el uso sin autorización de las imágenes. Y es que como explica Adsuara; “la imagen es un dato”, y por tanto puede estar sujeta también por la vía administrativa vía protección de datos.

La utilización de los deepfakes está confundiendo a muchos usuarios, pero para los casos comerciales donde su uso ha sido permitido no hay muchos problemas. El actor Chris Evans publicaba un tuit expresando su asombro ante la película de James Dean, pero la legislación establece que la familia del actor es dueña de la cesión de derechos. Y si ellos consideran que esa película es aceptable (sea por los motivos que sean), entonces el resto de opiniones no debería preocuparles.

Sí ha habido algunas iniciativas para regular los deepfakes, principalmente relacionadas con la desinformación y su abuso para desvirtuar mensajes. Sin embargo, empresas del mundo audiovisual como Disney se opusieron. Así lo explicaba Lisa Pitney, VP de Relaciones de Gobierno de Walt Disney:

“De adoptarse dicha ley se interferiría con el derecho y la capacidad de las empresas como la de Disney para contar historias sobre personas reales y eventos. El público tiene interés en esas historias y, la primera enmienda protege a aquellos que quieran contarlas”

La congresista demócrata Yvette Clarke presentaba la ‘Deepfakes Accountability Act‘, donde se establecía una norma donde las redes sociales debían mejorar sus herramientas de detección y penalizar la publicación de deepfakes maliciosos. Una propuesta en línea con la regulación de las redes sociales que está sobre la mesa desde hace meses.

Desde China, las autoridades reformaron sus leyes para proteger mejor el derecho a la propia imagen y bloquearon la publicación de ‘fake news’ mediante inteligencia artificial o realidad virtual.

Con los usos comerciales, los deepfakes han llegado para quedarse y convertirse en una opción más. Lo hemos visto en ’30 monedas’, donde usaron a un doble del protagonista para su deepfake de joven. Para ello utilizaron a un actor “de doblaje” con las mismas facciones. Un actor que del mismo modo tuvo que ceder su imagen.

Los usos del deepfake van más allá de aprovechar el carisma de actores fallecidos. Además de rejuvenecer, también tienen la ventaja de poder aprovechar la imagen de alguien sin necesidad de su presencia física. Fue el caso del anuncio de Hulu con tres deportistas, donde debido a las restricciones de la pandemia no podían asistir presencialmente. En ese caso, se aprovechó el rostro y se superpuso a dobles corporales.


La noticia

“Resucitar” a Lola Flores (o a cualquier otra persona) para hacer anuncios con deepfakes: esto es lo que dice la ley

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Xataka

por
Enrique Pérez

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